Es admirable que antes de Cristo ya se reconocían derechos exclusivos, pues los griegos aseguraban las recetas de cocina por un año. En1474 donde el Senado de Venecia formuló una norma que consistía en patentar todos los inventos creados y sólo el inventor podía proliferarlos (Solorio 3). Sin embargo, al ir evolucionando las tecnologías el derecho debe informarse sobre las diversas áreas del conocimiento y sobre todo conocer los conceptos de cada una de ellas para poder regularlas.
De acuerdo
con Javier de la Cueva, la propiedad intelectual(PI) ya no tiene tanta importancia
y esto se debe a la aparición del “internet” que hace más difícil poder
proteger la PI. Debido a que la web es un mundo digitalizado, la única manera
de mediar los conflictos es con ayuda de la “monitorización";es decir por
un sistemas de control ;sin embargo, se estaría entrometiendo en las
comunicaciones y principalmente violaría derechos fundamentales (173-179). Para mi opinión el principal
derecho que se vulneraría, sería el derecho de la privacidad. Un ejemplo de
monitoreo son los países que tienen vigilado el uso del internet.
Es notorio que el internet no tiene límites y poco a poco va invadiendo espacios en todas las áreas, por ejemplo: los múltiples fraudes en línea, los secuestros debido a violación de protección de datos. Pero, no todo es malo, gracias a él me encuentro publicando y divulgando lo que he leído sobre este asunto tan interesante, de hecho ya he buscado nuevos recursos para comenzar a hacer mi siguiente entrada y un adelanto que les doy es que abordaré la propiedad intelectual y las redes sociales.
Es notorio que el internet no tiene límites y poco a poco va invadiendo espacios en todas las áreas, por ejemplo: los múltiples fraudes en línea, los secuestros debido a violación de protección de datos. Pero, no todo es malo, gracias a él me encuentro publicando y divulgando lo que he leído sobre este asunto tan interesante, de hecho ya he buscado nuevos recursos para comenzar a hacer mi siguiente entrada y un adelanto que les doy es que abordaré la propiedad intelectual y las redes sociales.
Bibliografía:
de la Cueva, Javier. (2008). Derecho y tecnología: apertura de las APIS. En Alberto López
Cuenca, Eduardo Ramírez Pedrajo (coord.),Propiedad Intelectual nuevas tecnologías y
libre acceso a la cultura (173-185). México:
Centro Cultural de España.
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